Si has finalizado los estudios del nivel I, solicita el certificado de superación del Nivel I en la Secretaría del IES.
Si has finalizado los estudios del nivel II, paga la tasa correspondiente (autoliquidación de tasa) y llévala junto con la solicitud de expedición del título y dos fotocopias de DNI a la Secretaría del IES.
AUTOLIQUIDACIÓN DE TASA (Tarifa 02. Título de Técnico y Título de Técnico Deportivo)
Especificaciones de la Tasa 15
Normal: Aplicará el importe de la tasa 15 vigente para los interesados que no puedan acogerse a ninguna exención y bonificación recogidas en el artículo 64 de la Orden HAP/201/2016, de 22 de febrero, por la que se publican los textos refundidos actualizados en materia de tributos cedidos, tasas e impuestos medioambientales.
Reducción 50: Tendrán una bonificación del 50 por 100 del importe de la tarifa correspondiente los estudiantes miembros de familias numerosas de categoría general. Aportará como justificación el libro de familia numerosa con todas sus páginas o carné de familia numerosa, ambos en vigor.
Gratis:
Tendrán exención total del importe de la tarifa correspondiente los estudiantes miembros de familias numerosas de categoría especial. Aportará como justificación el libro de familia numerosa con todas sus páginas o carné de familia numerosa, ambos en vigor.
Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la Ley de Cortes de Aragón 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo, y demás normativa vigente que les sea de aplicación. Aportará como justificación Certificado de Víctima de terrorismo.
Estarán exentos del pago de la Tarifa 11, por la expedición de títulos duplicados derivada de la rectificación de la mención del sexo en el Registro Civil, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Aportará documentación justificativa Registro Civil.
Están igualmente exentas del pago de la tasa las personas que, a causa de la pérdida de un empleo, figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de expedición del título. Aportará Certificado actual del INEM (Informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo) y vida laboral.
También estarán exentos de pago, los duplicados por causas imputables a la Administración.